Nuestro objetivo es la organización de los esfuerzos de cooperación, colaboración, promoción, difusión y articulación permanente en materia de transparencia, acceso a la información y protección de datos personales, de conformidad con lo señalado en la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública y demás normatividad aplicable.
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Es toda aquella información que los sujetos obligados deben poner a disposición del público y mantener actualizada, en sus respectivos medios electrónicos, de acuerdo con sus facultades, atribuciones, funciones u objeto social, según corresponda, la información, por lo menos, de los temas, documentos y políticas que se citan en la Ley en la materia.
Artículo 69. Los sujetos obligados deberán poner a disposición del público y mantener actualizada, en sus respectivos medios electrónicos, de acuerdo con sus facultades, atribuciones, funciones u objeto social, según corresponda, la información, por lo menos, de los temas, documentos y políticas que a continuación se señalan:
Artículo 70. Además de lo señalado en el artículo anterior de la presente Ley, los sujetos obligados del Poder Ejecutivo Estatal y de los Municipios, deberán poner a disposición del público y actualizar la siguiente información:
Su estructura orgánica completa, en un formato que permita vincular cada parte de la estructura, las atribuciones y responsabilidades que le corresponden a cada servidor público, prestador de servicios profesionales o miembro de los sujetos obligados, de conformidad con las disposiciones aplicables.
b.- Organigrama
El domicilio de la Unidad de Transparencia, además de la dirección electrónica donde podrán
recibirse las solicitudes para obtener la información;
El inventario de bienes muebles e inmuebles en posesión y propiedad;
a.- Inventario de bienes muebles,
b.- Inventario altas bienes muebles,
c.- Inventario bajas bienes muebles,
d.- Inventario de bienes inmuebles,
e.- Inventario altas bienes inmuebles,
Los programas que ofrecen, incluyendo información sobre la población, objetivo y destino, así como los trámites, tiempos de respuesta, requisitos y formatos para acceder a los mismos;
Las actas y resoluciones del Comité de Transparencia de los sujetos obligados;
a.- Informes de sesiones del Comité de Transparencia,
b.- informe de resoluciones del Comité de Transparencia,
Los ingresos recibidos por cualquier concepto señalando el nombre de los responsables de recibirlos, administrarlos y ejercerlos, así como su origen, indicando el destino final de cada uno de ellos;
a.- Ingresos recibidos por cualquier concepto,
b.- Responsables de recibir, administrar y ejercer los ingresos.
El catálogo de disposición y guía de archivo documental;
b. Índice de expedientes clasificados como reservados,
c. Cuadro general de clasificación archivística, Catalogo de disposición documental, Guía de archivo documental, Programa Anual de Desarrollo Archivístico, informe Anual de cumplimiento, Actas y dictámenes de baja documental.
Cualquier otra información que sea de utilidad o se considere relevante, además de la que, con
base en la información estadística, responda a las preguntas hechas con más frecuencia por el
público.
Los documentos del registro de los sindicatos, que deberán contener, entre otros:
a. El domicilio;
b. Número de registro;
c. Nombre del sindicato;
d. Nombre de los integrantes del comité ejecutivo y comisiones que ejerzan funciones de vigilancia;
e. Fecha de vigencia del comité ejecutivo;
f. Número de socios;
g. Centro de trabajo al que pertenezcan; y
h. Central a la que pertenezcan, en su caso.
Los contratos colectivos, incluyendo el tabulador, convenios y las condiciones generales de trabajo;
b. Condiciones Generales de Trabajo,
c. Reglamento de Escalafón y Comisiones Mixtas de Seguridad e Higiene.
La relación detallada de los recursos públicos económicos, en especie, bienes o donativos que reciban y el informe detallado del ejercicio y destino final de los recursos públicos que ejerzan.
a.- Recursos públicos económicos,